No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de proceso, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Juez. El Unidad de Derecho Inmobiliario https://paises-sin-extradicion90404.blogofoto.com/60917885/se-rumorea-zumbido-en-abogados-en-italia